
Desde la SUBDDI BOLÍVAR se inicio una IPP por el delito de INFRACCION ARTICULO 211 del CODIGO PENAL, con la intervención de la UFI N° 15 de Bolívar a cargo de la Dra. JULIA MARIA SEBASTIAN.
Este proceso se inicia en virtud de una publicación que una persona había realizado en una red social y había difundido en ella la afirmación de un PRIMER CASO DE CORONAVIRUS EN BOLÍVAR, generando este un estado de intranquilidad y alarma en la comunidad.
Identificada la persona responsable del posteo, quien resultó ser SILVIA MARIEL BRANDAN, nativa de esta ciudad, actual residente en la localidad de General Madariaga, se encomendó a personal policial de esa ciudad la notificación del proceso iniciado por la justica local, lo cual fue realizado en las primeras horas del día de hoy.
ARTÍCULO 211. - Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos.
SUBDELEGACION DEPARTAMENTAL DE INVESTIGACIONES EN FUNCION JUDICIAL BOLIVAR, 19 de Marzo de 2020.